DE LA REVISTA EN GENERAL
- 1. La Revista Española de Investigación de Marketing ESIC (en adelante REIM) se crea en 1996 con el objetivo de contribuir al desarrollo científico del área de Comercialización e Investigación de Mercados y convertirse en una revista de referencia en la investigación sobre esta materia.
- 2. Actualmente REIM es copropiedad al 50% de ESIC (Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing) y AEMARK (Asociación Española de Marketing Académico y Profesional).
- 3. REIM publica trabajos de investigación originales centrados en cualquiera de las áreas de estudio académicamente relevantes para la disciplina de marketing.
- 4. REIM somete a los trabajos que recibe a un proceso anónimo y riguroso de revisión cuya finalidad es mejorar su calidad.
ÓRGANOS DE FUNCIONAMIENTO
- 5. Los órganos de dirección de la Revista son el Consejo Editorial, cuyas funciones son esencialmente ejecutivas, y el Comité Científico, que actuará como garante de la calidad de las publicaciones y como órgano asesor en cuantas cuestiones se le trasladen.
El Consejo Editorial
- 6. El Consejo Editorial es el máximo órgano ejecutivo de la Revista. Como tal, fija los criterios generales de actuación y organización y resuelve las cuestiones y conflictos que puedan surgir en su aplicación.
- 7. El Consejo Editorial estará presidido (Presidencia de Honor) por el Director General de ESIC.
- 8. Además del Presidente, tal comité estará integrado por el Editor, el Editor precedente, el Presidente de AEMARK, un miembro de ESIC y hasta un máximo de tres Editores Asociados.
- 9. El Consejo Editorial se reunirá al menos una vez al año con ocasión de la celebración del Congreso Nacional de Marketing AEMARK.
El Editor
- 10. El Editor será el responsable de que se cumplan los objetivos de la Revista y de dar continuidad a la misma. En particular, se encargará de coordinar y dirigir su actividad, convocar y presidir el Consejo Editorial y representar a la Revista ante terceros.
- 11. El Editor será nombrado por un período de cuatro años (no renovables por otro período).
- 12. La Comisión encargada de su elección estará formada por el Editor saliente, el Presidente de AEMARK, un miembro de ESIC y un representante del Comité Científico miembro de AEMARK. Los candidatos propuestos para editor deben ser investigadores de reconocido prestigio de AEMARK y acreditar un número mínimo de tres sexenios (el último de ellos vivo) –o equivalente para investigadores de universidades extranjeras.
- 13. El candidato elegido será aquel que encuentre mayor respaldo. En todo caso, se necesitará que sea votado por la mayoría de los miembros de la Comisión.
- 14. El proceso de renovación lo iniciará el Editor con el tiempo suficiente para que el relevo se produzca en la fecha estipulada.
Los Editores Asociados
- 15. Los Editores Asociados serán nombrados por el Consejo Editorial a propuesta del Editor. Este nombramiento recaerá en socios de AEMARK que acrediten un mínimo de dos sexenios (o equivalente para investigadores de universidades extranjeras) –el último de ellos vivo– y estará vigente durante el tiempo en el que se mantenga como Editor aquél que les ha propuesto.
- 16. El nombramiento de un nuevo Editor llevará implícita la renovación (o confirmación, si así lo propone el nuevo Editor) de los Editores Asociados.
- 17. Los Editores Asociados se renovarán cada dos años, por un tiempo máximo de cuatro años. Cumplir este período no les inhabilita para ser Editores.
El Comité Científico
- 18. El Comité Científico tiene como función garantizar la calidad científica de la Revista y asesorar al Consejo Editorial en cuantas cuestiones se demanden.
- 19. Estará formado por destacados investigadores nacionales e internacionales en el campo del Marketing, hasta un máximo de veinticinco. En todo caso formarán parte de este Comité los Editores precedentes de REIM.
- 20. El nombramiento de un nuevo miembro se hará a petición de la mayoría de los integrantes del Comité Científico miembros de AEMARK, vigilando, al menos en los primeros años, que no se produzcan problemas de endogamia.
DISPOSICIONES FINALES
- 21. La aprobación de estas normas exigirá una mayoría de dos tercios del actual Consejo Editor y deberá ser ratificada por la Asamblea General de AEMARK.
- 22. La modificación de estas normas requiere de una mayoría de dos tercios del Consejo Editorial y de la Junta Directiva de AEMARK.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- 23. La renovación del Consejo Editorial se realizará conforme a estas normas en la próxima reunión prevista para septiembre de 2013.
- 24. En septiembre de 2015 se renovará el Editor actual y los Editores asociados nombrados en septiembre de 2013.
Estas normas fueron aprobadas el día 29/04/2013. Están pendientes de ratificación por la Asamblea General de AEMARK.
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA REVISTA